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Hemos visto en los medios y por las redes sociales que la ciudadana Ana
Estrada accedió a la eutanasia y que tuvo una muerte digna.
Estamos confundiendo las definiciones, muerte digna es el derecho de no
prolongar artificialmente la vida y que se respete la voluntad de la persona en
un testamento vital (no está contemplado en las leyes peruanas). Mientas que
la eutanasia es la aplicación de una sustancia letal ya sea por la boca o por la
vena con el fin “humanitario” de terminar con la vida de la persona para que no
sufra. La eutanasia si está contemplado en el Código Penal y dice quien lo
aplique podría ir preso por 3 años. De manera que la eutanasia es un delito. El
quinto mandamiento dice no mataras. Cuando una persona desea una muerte
digna, no se le debe someter a ventiladores ni traqueostomías que prolongan
inútilmente la vida de la persona. Morir con dignidad es morir sin dolor, en su
domicilio, limpio y rodeado de su familia.

Dr. Carlos Sandoval Cáceres
Medico Geriatra

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Zona Geriátrica

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