La Ley N. 30490 del Adulto Mayor del Perú, Artículo 33 declara como fechas conmemorativas el 15 de junio como Día Mundial de la toma de Conciencia del Abuso y Maltrato a las Personas Adultas Mayores, el 26 de agosto como el Día Nacional de las Personas Adultas Mayores y el 1 de octubre como el Día Internacional de las Personas de Edad. Si lo dice la Ley debería de respetarse y cumplirse. En todos los estamentos del Estado (hospitales, colegios y ministerios) se debe celebrar estas fechas. Colocar por lo menos un periódico mural al respecto en cada oficina y aula. Con mayor énfasis en los colegios para que los niños crezcan conociendo esta fecha. Si de niños les inculcamos el cariño y respeto hacia el adulto mayor, cuando sean adultos lo practicaran con naturalidad.
Próximamente este 26 de agosto celebraremos el Día del Adulto Mayor, ojalá las autoridades del país, lo tomen en consideración. Muchas Gracias Queridos Amigos Adultos Mayores.
es bueno tener en conocimiento estas leyes
muchas gracias Dr. por la información
Interesante tema Dr.
Gracias por compartir
Hay muchos que no sabemos de esto.